El Bono de Arrendamiento para Vivienda (Bono mi Alquiler), se trata de un subsidio que se le entregará para que se puedan alquilar los inmuebles y la generación de ahorro a fin de hacerle más fácil la compra de viviendas a las personas, que tengan entre 18 a 40 años. Sin embargo, la norma establece diferentes razones por las que se puede perder el bono. Las conocemos, a continuación.
Bono mi alquiler: ¿en qué casos puedo perder el subsidio?
Mediante la Ley N° 30952 se diseñó este bono, que será entregado mensualmente, por los próximos 5 años, con criterios de utilidad pública. El bono Mi Alquiler se le entregará a los beneficiarios sin cargo de restitución, para que les sirva de incentivo para el ahorro y para hacer más fácil el acceso a las viviendas, consiguiendo también las mejoras para las condiciones de las viviendas.
El Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento que estará desarrollando, en el establecimiento de la Ley indican que las razones por las que las personas pueden perder este bono se encuentran:
- Que haya un incumplimiento en el pago del arrendamiento para la Vivienda por dos meses consecutivos.
- Subarrendar la Vivienda de arrendamiento del bono Mi Alquiler.
- Que el arrendatario se encuentre hasta el cuarto grado de línea consanguínea o en segundo de afinidad con respecto al arrendador del Inmueble.
- Actos realizados por el inquilino que impidan el buen desarrollo de la convivencia vecinal.
- Suspensión del alquiler por más de un año o acumulación de periodos de suspensión de alquiler que, en su conjunto, sumen más de un año.
- Incumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento.
Así, los beneficiarios que incurran en las tres primeras causales no podrán participar en ningún beneficio que otorgue el Sector Vivienda y deberán devolver el bono más los intereses legales que se determinen. Además, a solicitud del Ministerio de Vivienda, podrán ser incluidos en el Registros de Deudores Judiciales Morosos.
Ten en cuenta que, caso de que venza el contrato de arrendamiento de inmueble o cuando no sea posible su renovación inmediata, el beneficiario podrá solicitar la suspensión del otorgamiento del bono por el plazo máximo de un año, contabilizado de forma consecutiva o por la suma de periodos que, en conjunto, no superen el año.
Beneficios Bono Mi Alquiler
El Bono Mi Alquiler te ofrecerá un monto que será distribuido de la manera siguiente: el primer depósito será destinado para pagar el alquiler de las viviendas y lo que resta pasará a formar parte del ahorro obligatorio que se ve orientado al pago de la cuota inicial o parte de esta para que puedan comprar las casas.
Este valor y sus porcentajes son establecidos en el reglamento de la Ley que tendrá que emitirlo por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), y en la actualidad suma unos 500 soles. De este bono, el 70% del dinero servirá para cubrir los gastos de alquiler, mientras que el otro 30% irá dirigido al Fondo de Ahorros de MiVivienda. De este modo, al terminar el plazo de cinco años, los jóvenes contarán con un capital de S/. 9 mil soles para la compra de un departamento propio dentro de los programas del Fondo MiVivienda.
Al finalizar los cinco años, el desembolso del ahorro se llevará a cabo, contando desde la fecha en la que fue entregado. El MVCS realizara el desembolso por medio del Fondo Mivivienda, según corresponda, de manera directa a favor del promotor, desarrollador inmobiliario o el propietario de la Vivienda a comprr
Las personas que reciban este beneficio tendrán un año para que pueda solicitar el desembolso del dinero ahorrado, destinado al pago, que puede ser contado, partiendo de la fecha de vencimiento del plazo máximo de cinco años, de lo contrario puede perder el beneficio de solicitar el desembolso.
Requisitos del Bono Mi Alquiler
Entre los requisitos para pedir el Bono de Arrendamiento para Vivienda quienes cumplan con los siguientes recaudos:
- El grupo familiar tiene que estar conformado por dos personas no dependientes, que sean peruanos.
- Tener de 18 a 40 años, ser de escasos recursos económicos
- No ser propietario, ni copropietario de alguna vivienda, terreno o aires independizados.
- Que no te hayas postulado a otro programa social de apoyo habitacional, tampoco puedes estar recibiendo una bonificación.
Es importante destacar que si dejas de cumplir con uno de ellos, no se otorgará el bono y será denegado.
En definitiva. Perder el Bono es algo que puede ocasionarnos gran daño para nuestro futuro, por lo que una vez otorgado, hay que cuidarlo.