Si son contribuyentes que deben cumplir con el pago de impuestos ya pueden a partir de la medida de la SUNAT verificar la información de impuestos por Internet.
SUNAT ¿cómo verifico la información de impuestos por Internet?
Sunat dispuso para las personas naturales la posibilidad de revisar su información de impuestos por Internet. Esta novedad de la Sunat supone una facilidad en formato digital habilitado desde el 18 de Febrero.
La Sunat dispone para las personas naturales que tienen que presentar la declaración anual del Impuesto a la Renta puede hacerlo mediante el Formulario Virtual N° 707 Renta Anual 2018, ya disponible:
- Deben ingresar a la Web de SUNAT
- Ingresar en Declara y Paga Renta 2018
- Elegir Personas Naturales
- Una vez en la planilla digital aparecerá información personal y tributaria sobre las rentas, gastos, retenciones y pagos de impuestos del contribuyente.
- Deberán revisar y verificar la información y si amerita deberán completarlo o modificarlo antes de realizar la presentación de la declaración.
Mientras que los contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT) que en 2018 generaron rentas o tuvieron pérdidas de Tercera Categoría deben utilizar el Formulario Virtual N° 708.
Los contribuyentes con ingresos netos que superen 1.700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y tengan algún beneficio tributario, estabilidad jurídica y/o tributaria, y obligados a presentar la declaración jurada anual informativa reporte local, reporte maestro y/o reporte país por país, o pertenezcan al sistema financiero, deben presentar el PDT N° 708.
Quienes pueden verificar la información de impuestos por internet
Pueden hacerlo las personas naturales, están habilitadas a poder verificar su información de impuestos mediante Internet con un formulario virtual, dispuesto por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Formulario Virtual SUNAT
Las personas naturales obligadas a presentar la declaración anual deben utilizar el Formulario Virtual N° 707 Renta Anual 2018, al que pueden acceder desde el Lunes 18 de Febrero 2019. En el formulario virtual figura información cargada sobre las rentas, gastos, retenciones y pagos de impuestos, sobre las retenciones. Según la Sunat:"Esta información deberá ser verificada y, de ser el caso, completada o modificada antes de presentar su presentación. La información personalizada estará actualizada al 31 de enero de 2019".
Quienes están obligados a declarar:
Personas naturales:
- Las personas naturales obligadas a declarar el impuesto a la renta, son las que posean un saldo a favor del fisco (impuesto por pagar)
- Las personas naturales que cuenten con saldos a favor de ejercicios anteriores
- Los contribuyentes que apliquen contra el impuesto o han aplicado los saldos contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría durante 2018.
- Además, están obligados los contribuyentes que les corresponda un saldo a favor si reciben Rentas de Cuarta Categoría o de Cuarta y Quinta Categorías.
- Los que reciban ingresos como independientes (recibo por honorarios profesionales)
- Los trabajadores en planilla que muestren el pago por alquiler de vivienda o paguen intereses de créditos hipotecarios a sus cónyuges o concubinos o copropietarios.
- Las personas naturales que sólo dispongan de ingresos por planilla (Quinta Categoría) y que comprueben tener un saldo a favor por deducción de gastos de alquiler de vivienda y/o de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda distintos a los créditos MiVivienda y Techo Propio.
Empresas:
Los contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT) que durante 2018 tuvieron rentas o pérdidas de Tercera Categoría deberán utilizar el Formulario Virtual N° 708.
Realizar la declaración
Para la declaración, los contribuyentes deben indicar en la declaración a quién considera el cargo del gasto. La atribución de gastos debe informarse en la Declaración Anual.
Los vencimientos para la declaración y pago del Impuesto a la Renta (IR) 2018 se inician el 25 de Marzo hasta el 8 de Abril en base al último dígito del RUC, según la siguiente tabla:
¿Mediante qué medios debo presentar la Declaración Jurada Anual de Renta 2018?
Por el ejercicio 2018 los contribuyentes obligados disponen de los siguientes formulario para cumplir con sus respectivas declaraciones ante SUNAT:
- Formulario Virtual N° 707- Renta Anual 2018- Otras rentas: rentas de Primera categoría, de Segunda categoría originadas en la enajenación de bienes a que se refiere el inciso a) de la Ley del Impuesto a la Renta, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera.
- Formulario Virtual N° 708: Renta Anual 2018 - Tercera Categoría.
- PDT N° 708: Renta Anual 2018 – Tercera Categoría e ITF.
Para presentar y pagar la declaración por Internet deben contar con Clave SOL, si no poseen Clave SOL deberán:
Si tienen RUC:
Tendrán que acercarse al centro de servicios al contribuyente más cercano a su domicilio, llenar y presentar la Solicitud de Acceso al Sistema SUNAT Operaciones en Línea, para lo que deben presentar su DNI o documento de identidad.
Si No tienen RUC:
Si estan exceptuado de inscribirse en el RUC, y cuentan con DNI, podrán obtener directamente la clave SOL desde el portal SUNAT ingresando en opción "Obtención de CLAVE SOL" en el apartado de opciones sin clave SOL.
En definitiva, hoy por hoy, casi todas las operaciones con SUNAT pueden hacerse desde la WEB.