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¿Qué es y qué cubre el seguro de Vida Ley?

¿Qué es y qué cubre el seguro de Vida Ley?

Así como existe el seguro vehicular obligatorio, hay otros seguros que se pueden y deben contratar para cubrir diferentes eventualidades, por lo que los invitamos a consultar sobre ¿qué es y qué cubre el seguro de Vida Ley?

 

¿Qué es y qué cubre el seguro de Vida Ley?

 

 

¿Qué es y qué cubre el seguro de Vida Ley?

El Seguro Vida Ley es un Seguro de Vida que es regulado bajo el Decreto Legislativo N° 688, luego modificado por la Ley N°29549, siendo incluido en 1991. Siendo obligatoria su contratación de parte del empleador para sus empleados.

 

¿Quién debe contratar el seguro de Vida Ley?

Este seguro debe contratarlo los empleadores obligatoriamente para sus trabajadores, al cumplirse los 4 años de servicio. Si bien como empleador tienen la facultad de tomarlo desde los 3 meses de servicios del trabajador.

 

¿Qué cubre el Seguro Vida Ley?

Muerte natural: Cubre hasta 16 remuneraciones mensuales asegurables, promedio del último trimestre, que fueran percibidas por el trabajador asegurado hasta el mes previo a fallecer.

Muerte accidental: Cubre hasta 32 remuneraciones mensuales asegurables percibidas por el trabajador asegurado el mes previo al accidente.

Invalidez Total y Permanente por Accidente: Cubre hasta 32 remuneraciones mensuales asegurables percibidas por el trabajador asegurado el mes previo al accidente.

Seguro Vida Ley Coberturas adicionales

  • Fallecimiento por cáncer
  • Desgravamen
  • Desamparo familiar súbito
  • Infarto al miocardio
  • Accidente vascular cerebral (VAC)
  • Insuficiencia renal crónica
  • Transplante de órganos
  • Quemaduras
  • Repatriación de Restos
  • Ceguera por accidente
  • Sordera por accidente
  • Renta Accidental por Fallecimiento en Accidente de Trabajo
  • Incapacidad para el trabajo
  • Reembolso de gastos de sepelio
  • Cobertura de esclerosis múltiple
  • Cobertura de coma
  • Cobertura hijo póstumo

 

Beneficiarios del Seguro Vida Ley

Los potenciales beneficiarios por ley del seguro. El trabajador debe presentar ante su empleador una Declaración de Beneficiarios con su firma legalizada:

Los hijos y el/la cónyuge (a falta de cónyuge, el/la conviviente que cumpla con los requisitos del artículo 326 del Código Civil: 2 años de convivencia de hecho y libres de impedimentos matrimoniales).

A falta de hijos o cónyuge (o conviviente), son considerados como beneficiarios a los padres y los hermanos menores de 18 años.

Además el empleador contratante del seguro cuenta con el derecho a cobrar la suma asegurada, si al fallecer el trabajador asegurado y vencido el plazo de 1 año del siniestro, ninguno de los beneficiarios -según el artículo 1- hah ejercido su derecho.

 

¿Cuánto le corresponde cobrar a los beneficiarios?

El monto de la remuneración para el cálculo de la indemnización del seguro es el percibido regularmente y que es el que figura en la boleta de pago, existe un tope máximo asegurado. Al menos hasta Julio 2018, el monto máximo que la aseguradora compensará es S/ 9,422.

  • Ante la muerte natural, los beneficiarios recibirán un pago único por indemnización equivalente a 16 remuneraciones.
  • En caso que la muerte fuera accidental o si genera una invalidez total y permanente, el monto a indemnizar se duplicará.

 

¿Las indemnizaciones son acumulables?

Las indemnizaciones del seguro no son acumulables. El seguro sirve una sola vez. En caso de indemnizar por invalidez, o en caso fallecer luego no les cubrirá dicho incidente. En base al número de trabajadores de la empresa y el monto de la planilla, las aseguradoras ofrecen algunos beneficios adicionales a los de la ley como:

  • Indemnización con la cobertura de los gastos de sepelio
  • Indemnizaciones adicionales por fallecimiento por enfermedades complejas cubre gastos de tratamiento impagos
  • El pago de préstamos pendientes de pago a la empresa.

 

Algo a recordar es que al cumplir 4 años de trabajo como empleado dependiente (en planilla), al empresa / empleador está obligado a contratar a nombre del empleado un seguro de vida. El seguro Vida Ley, que cubre ante diferentes riesgos como la muerte natural, muerte accidental e invalidez total y permanente por accidente. Al ser un seguro obligatorio, los montos de la cobertura son estandarizados.

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