¿Tu empleador no cumple con el depósito de la CTS? La ley de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) obliga a las empresas privadas a depositar a favor de los empleados por el tiempo de servicio prestado a la empresa. Los depósitos deben hacerse de manera obligatoria en el mes de Mayo y Noviembre de cada año. Ahora bien si usted no ha sido beneficiado con el abono del CTS en el tiempo que establece la ley, en este artículo detallaremos qué hacer si mi empleador no cumple con el depósito de CTS.
¿Qué hacer si mi empleador no cumple con el depósito de CTS?
La ley de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) establece que las empresas del régimen privado deben depositar en la cuenta bancaria de sus empleados obligatoriamente en el mes de mayo y el mes de noviembre el pago de este beneficio. La fecha límite es el día 15 de cada mes.
En el caso que la empresa incumpla con dicho depósito, pueden llegar a ser sancionadas por el Ministerio del Trabajo (Mintra) con una multa con cifras que van desde $462 hasta $94.500 de acuerdo al Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo articulo 24.
Ahora bien, si usted como empleado se ve afectado por el incumplimiento de la empresa con el depósito de la CTS, puede hacer dos cosas:
La primera, y es la que siempre se recomienda si usted ha mantenido una buena relación con su empleador, es llegar a una conciliación para que se le efectúe el pago de su depósito de la CTS. Para ello se entrega una solicitud por escrito para que se le efectúe el pago. Esta solicitud no es más que un reclamo para que su empleador cumpla con el depósito.
Es importante que el empleado cuando reciba su depósito de la CTS verifique que le estén cancelando el abono tardío más los intereses generados por cada uno de los días que no le cancelaron el depósito de la CTS.
En caso de que, habiendo entregado la solicitud por escrito para que le cancelen el depósito de la CTS, la empresa no cumpla, entonces deberá formular su denuncia en persona en la oficina de Inspección Laboral del Ministerio de Trabajo (Mintra) o en algunas de sus sedes a nivel nacional. Sin embargo, si en su empresa cuentan con un sindicato ellos pueden realizar la denuncia o queja en nombre suyo.
Por lo que una vez presentada la denuncia los inspectores del Ministerio de Trabajo (Mintra) acudirán a la empresa y le darán un plazo no mayor a 48 horas para que cumpla con el depósito de la CTS más los intereses generados. Si no cumplen con esta orden emanada por el Mintra la empresa o empleador serán multados.
Además si el empleador pese a la sanción persiste en no cancelarle el depósito de la CTS, entonces tendrá que dirigirse al Poder Judicial, y será esta entidad quien obligue a cumplir con el depósito de la CTS.
Ahora qua ya sabes qué hacer si mi empleador no cumple con el depósito de CTS, es una excelente herramienta para estar al corriente de cuándo y cómo reclamar sus derechos a que le sea cancelado lo que por ley le corresponde. Recordando que la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio que la empresa brinda a sus trabajadores, actúa como un seguro de desempleo ante la eventualidad que podría originarse si un trabajador pierde su empleo y de esta manera podrá contar con un fondo mientras resuelve su situación.